El consentimiento informado es el proceso por el cual un paciente, comprendiendo lo que significa para él someterse a un procedimiento diagnóstico o terapéutico, médico o quirúrgico, o participar en una investigación que representa un riesgo para su vida o su salud, en forma libre lo acepta, se sustenta en la autonomía, entendida tanto como derecho moral y legal, como deber.
Se han propuesto dos modelos para implementarlo: el primero se refiere a un acto único que se realiza en un lapso circunscrito, habitualmente corto, inmediatamente antes de la realización de alguna maniobra diagnóstica, terapéutica o de investigación, que proporciona información a los pacientes en ese momento, y que satisface los requerimientos legales; el segundo considera el consentimiento como un proceso, y depende del cuidado continuo y de la participación activa del paciente o sujeto de investigación.
Son tres sus elementos:
a) Información
b) Comprensión
c) Libertad de elección.
En la actualidad es inadmisible la realización de un procedimiento médico que conlleve riesgo, o de un proyecto de investigación, sin la firma de un consentimiento informado; la autodeterminación y el proceso racional de la decisión son los propósitos fundamentales del consentimiento informado.
FUNCORE: William Vargas
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